miércoles, 3 de diciembre de 2014

3-D, DÍA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Hoy, día de las personas con discapacidad, desde este blog denunciamos el olvido por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía del alumnado que está escolarizado en las Aulas Específicas de los Institutos de Educación Secundaria de nuestra comunidad. Este alumnado específico, con necesidades educativas especiales y con un dictamen de escolarización de la modalidad C, no puede estudiar un ciclo de F.P. Básica-Específica porque en Andalucía la Dirección General de Formación Profesional y E.P. ha puesto como requisito de acceso a estos ciclos tener una modalidad B de escolarización.

Esta medida es un error que contradice el R.D. 127/2014, de 28 de febrero, que regula aspectos específicos de la F.P. Básica al establecer un dique que impide la continuidad en los estudios del alumnado de las Aulas Específicas de los institutos y su acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica Específica. Incluso el nombre invita a comprender la relación que existe entre las Aulas y los ciclos de F.P.B.-"Específica". Estos ciclos, según la normativa, van dirigidos a un alumnado que no puede integrarse en un ciclo de F.P.B. ordinario y que presenta un gran desfase curricular que hace inviable la consecución del Título de Graduado de Educación Secundaria y el Título Profesional Básico. Así que "blanco y en botella". 

La Junta de Andalucía ha apostado por la implantación de Aulas Específicas en centros ordinarios de Primaria y Secundaria. A pesar de los recortes y de la crisis, estas Aulas están aumentando en nuestra comunidad. En la ORDEN de 19 de septiembre de 2002, por la que se regula el periodo de formación para la transición a la vida adulta y laboral de los jóvenes con necesidades educativas especiales de Aulas y Centros Específicos de Educación Especial, en su Artículo 4, se reconoce que a partir de los 16 años se les tiene que ofrecer la posibilidad de formación profesional por medio de Programas de Transición a la Vida Activa y Laboral o Programas de Garantía Social (después PCPI y su evolución final, los ciclos de F.P.B.) específicos. Por consiguiente, la propia Administración se obliga a ofrecer alternativas que den continuidad a la formación de este alumnado.  Es por ello que la contradicción es más flagrante. 

Otras Comunidades Autónomas, como la extremeña, han evitado poner diques para el acceso a estos programas y han establecido unos requisitos adaptados al planteamiento del R.D. 127/2004. Estos criterios son abiertos y ponen el límite en el nivel de autonomía personal y social que permita a este alumnado expectativas razonables de inserción laboral al término del programa. Sin especificar modalidad de escolarización. Cuanto más estrecho proyectemos el traje, menos personas lo podrán usar. Hay que crear, en estos casos, normas flexibles y confiar en la profesionalidad de los que realizarán los correspondientes "consejos orientadores".

Por último, igual ocurre con el requisito de edad para acceder a la F.P.B.-Específica que ha planteado la Consejería para este alumnado. Es obvio que hay que dar un margen más amplio de edad que el establecido para el alumnado de los ciclos de F.P.B. ordinarios, pues el alumnado con n.e.e. puede continuar en el sistema educativo hasta los 21 años, aunque sea de forma extraordinaria.

Para finalizar, esperamos que la Consejería de Educación reconsidere estas cuestiones y modifique para este curso próximo las instrucciones que regularán los requisitos de acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica Específica. Si no se facilita la continuidad de las Aulas Específicas a los Programas Específicos de F.P. este alumnado estará excluido de la formación profesional, lo que significará, en última instancia, su exclusión de la lucha por un futuro mejor. Confiamos en el sentido común de las personas que están al frente de la Administración Educativa en Andalucía para que reconozcan esta contradicción y rectifiquen. Aunque esto de rectificar no sea muy común en el mundo de "la política".


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