domingo, 2 de octubre de 2016

¿QUÉ ESTÁ PASANDO ESTE CURSO CON LAS BECAS PARA EL ALUMNADO CON N.E.A.E.?

¿Qué ha cambiado este curso para que sea más difícil solicitar una beca para el alumnado con N.E.A.E.? ¿Por qué estamos teniendo la sensación los orientadores y orientadoras de actuar como una barrera para muchas familias que podían solicitar en años anteriores estas becas? ¿Por qué nos adjudican la función administrativa, desde mi punto de vista improcedente, de requerir documentación a las familias más propia de un registro que de una actuación orientadora? 

¿QUÉ HA CAMBIADO?

En primer lugar, este curso el Ministerio de Educación ha introducido un "sutil" cambio en los requisitos que deben cumplir los beneficiarios. En concreto, se trata de lo siguiente: 

Mientras en cursos anteriores la discapacidad podía ser acreditada por alguna de estas tres vías:
- Certificado de un equipo de valoración y orientación (EVO) de un centro de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía.
- Certificado de un E.O.E. o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa.
- Certificado de discapacidad.

En el curso actual, la discapacidad o trastorno grave de conducta se acredita mediante un certificado de un E.O.E. o de un departamento de orientación dependiente de la administración educativa. Sin embargo, para la emisión de este certificado, tenemos las orientadoras y orientadores que requerir a las familias uno de estos requisitos:
- Certificado de discapacidad o certificado de un equipo de valoración y orientación (E.V.O.) de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía.
- Diagnóstico clínico de los servicios sanitarios sostenidos con fondos públicos en los supuestos de trastornos graves de conducta.

Lo que ha ocurrido con este cambio de nivel, es que han dejado fuera de la certificación de la discapacidad, a efectos de solicitar beca, a los servicios de orientación de la administración educativa (E.O.E. y Departamentos). Es decir, el Informe de Evaluación PP no es suficiente para acreditar o certificar la discapacidad para solicitar una beca. Esto implica, y creo que es la razón fundamental, una medida de recorte encubierto o una barrera que deja fuera de la beca a aquellos chicos y chicas con informe de discapacidad por la administración educativa, pero que no tienen el certificado de discapacidad (antigua minusvalía) de los E.V.O. de la Consejería de I. y P. Sociales. Y, además, nos colocan a nosotros como un elemento administrativo para la comprobación y el requerimiento de dicha documentación, pues sin ella no podríamos emitir nuestro "posterior" certificado acreditativo.

HEMOS PASADO A CERTIFICAR UN PROCESO Y NOS HAN DESACREDITADO PARA CERTIFICAR UNA SITUACIÓN, SUTIL ¿VERDAD? Pues esto va a imposibilitar que muchas familias con niños y niñas con necesidades específicas de apoyo educativo tengan acceso a la beca. Las razones habrá que preguntárselas al Ministerio que dirige el señor Méndez de Vigo. Esto parece extraído o fundamentado en el absurdo de la filosofía marxista (de los hermanos Marx, claro). No obstante, sí somos servicio acreditado para certificar al alumnado con necesidades asociadas a altas capacidades intelectuales.

Otro cambio a tener en cuenta es el relacionado con el desarrollo de los conceptos de "reeducación pedagógica y del lenguaje". Se considera REEDUCACIÓN PEDAGÓGICA a la "intervención psicoeducativa específica y profesional orientada a alumnos (y alumnas) que muestren dificultades concretas de aprendizaje vinculadas a la presencia de algún trastorno específico. No se incluirán bajo este concepto los refuerzos escolares que tienen como objetivo la mejora de las calificaciones académicas". Y REEDUCACIÓN DEL LENGUAJE a "una intervención profesional dirigida a la mejora y optimización de alguno o varios de los componentes del lenguaje". La diferencia es que antes no estaban definidos ambos conceptos y la apostilla que elimina, a juicio de los supervisores, cualquier actuación que se pueda considerar como "refuerzo escolar". Por consiguiente, se limita la dedicación de la beca a una actuación específica y profesional relacionada con la discapacidad o el trastorno grave de conducta.

Hay un cambio también en las reglas para la asignación de las ayudas. En el artículo 6, apartado b, 1º, donde indicaba "Certificación expedida por el inspector de la zona o del equipo de orientación dependiente de las administraciones educativas" dice "Certificación expedida por el inspector de la zona". Y aparece como novedad la acreditación de "las horas semanales que se consideren necesarias para su corrección, así como, en su caso, las prestadas por el centro, la duración previsible de la misma y las condiciones que garanticen su prestación". Este último aspecto, tengo que reconocer que no lo considero fácil de objetivar. ¿Quién necesita dos, tres o cuatro horas semanales, cuando el tiempo va a estar en función del dinero disponible en la mayoría de los casos? Además, cuando recibimos aclaraciones sobre las horas, por ejemplo las disponibles en Aulas Específicas, la respuesta (en este caso y según parece de la Consejería de Educación) añaden más complejidad a la cuestión... Y todo esto a comienzos del curso escolar y sin terminar de programar nuestro plan de atención al alumnado con N.E.A.E. del centro.

Por último, manifiesto mi oposición a estos cambios que no buscan mejorar la veracidad del proceso y del uso de las ayudas sino "recortar" y "obstaculizar" el acceso a estas becas a las familias y al alumnado con mayores necesidades del sistema educativo. Me incomoda que me utilicen como un eslabón de este proceso de discriminación que afectará a muchas familias que no han recurrido al E.V.O. porque todavía sus hijos e hijas son pequeños o están en proceso de asunción de la discapacidad, esperanzados en que con el paso del tiempo superen su retraso madurativo. Por último y, como me decía un padre, al menos podrían haberlo anunciado con tiempo suficiente para que las familias conocieran y valoraran la posibilidad de solicitar el certificaco de discapacidad "oficial". TOTAL, UN DESPROPÓSITO "EN FUNCIONES" MÁS...

2 comentarios:

  1. Soy un padre afectado por este nuevo requerimiento y coincido en todo lo dicho en esta entrada.
    Ante esta situación tengo la desagradable sensación de que mi hija ha sido abandonada a su suerte y que únicamente se le considera un apunte contable mas, del que se puede prescindir.
    Una ley -o una modificación de una ley- no la legitima moralmente por el mero hecho de serlo.

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  2. Soy oriendora de un instito de secundaria, estoy totalmente de acuerdo con esta entrada. Este año la mayor parte del alumnado que recibia esta beca quedara excluído y además nuestro papel queda relegado a administrativo. Esto roza el subrealismo y es indignante para el alumnado con neae.

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